Un perito incapacidad laboral, ya sea permanente, parcial, total, absoluta o gran invalidez, es un médico experto en diferentes áreas de la medicina. El cometido del perito incapacidad laboral permanente puede ser el de determinar el grado de incapacidad de una persona,  hasta colaborar con un abogado en casos no resueltos favorablemente al afectado por incapacidad.

Cualquiera puede verse expuesto en terribles circunstancias que produzcan un estado de imposibilidad para realizar actividades correspondientes con normalidad en un cargo laboral. Por consiguiente de estas situaciones, surge una interrogante aún más profunda ¿Cuáles son los grados de la Incapacidad?

Son muchas las dudas con respecto a este tema, principalmente partiendo del desconocimiento del término, a quien acudir o que hacer en caso de que algo pudiese llegar a ocurrir.

Desde Madrid hasta Barcelona, ponemos a su disposición nuestros servicios en toda la Península, Baleares e incluso Canarias.

¿Qué es la incapacidad?

Primero hay que definir con claridad que es la incapacidad, así ir despejando dudas y confusiones al respecto. Podemos entender esto como una alteración de salud que limita a un trabajador a realizar las actividades inherentes a su cargo profesional, dichas alteraciones se presentan en diferentes tipos que determinan su grado de severidad.

La incapacidad puede causar un cese de la actividad laboral, sin embargo como una contramedida para el resguardo económico de los trabajadores en esta situación. La ley estipula una prestación que se otorga a través de la institución de Seguridad Social, aquí se evaluara y determinara la gravedad de la lesión y el nivel de incapacidad de la persona.

Grados de la incapacidad Permanente

Según lo estipulado por la ley de Derecho Laboral, las consecuencias de los accidentes de trabajo suelen manifestarse en 4 diferentes grados de incapacidad.

El grado de incapacidad que afecta a un trabajador se determina al someterlo a una serie de pruebas o un peritaje médico, que derivara en la elaboración de un informe detallado, donde quedara se manifestó una valoración completamente imparcial del estado de salud del paciente.

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    Incapacidad permanente parcial o Minusvalía

    Se conoce como Incapacidad permanente parcial a todo padecimiento o enfermedad que ocasionan una disminución de al menos el 33% de la capacidad motriz de una persona, reduciendo de igual manera su rendimiento laboral, pero sin llegar a impedir absolutamente su continuidad en un puesto de trabajo.

    En estos casos el trabajador puede continuar desempeñándose en su profesión u oficio, sin importar que haya obtenido una prestación por Invalidez permanente parcial.

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    Incapacidad Permanente Total

    La Invalidez permanente total es aquella afección que inhabilita a un trabajador totalmente a desempeñar su cargo laboral, pero que tras una reubicación a un área de trabajo acorde a sus circunstancias está en la capacidad de continuar siendo un empleado activo.

    El empleado a quien se le ha concedido una prestación por Incapacidad permanente total no podrá seguir desempeñándose en el mismo eslabón profesional, es decir, cumplir con la misma función, sin embargo puede continuar operando en la misma entidad de trabajo o en otra diferente en un puesto apropiado según su condición.

    Incapacidad Permanente Absoluta

    Se entiende como Invalidez permanente absoluta al grado de incapacidad presentado por una enfermedad o lesión que imposibilita totalmente a un trabajador para la actividad laboral independientemente del cargo o profesión que se refiera.

    La prestación por Incapacidad permanente absoluta se otorga a aquellas personas que no pueden continuar ejerciendo su profesión ni ninguna otra, pues en su condición de salud no están aptos para ocupar ningún área laboral.

    Gran Invalidez

    Es el grado máximo de incapacidad laboral, que se reconoce en aquellas personas que padecen una afección crónica que les impide realizar cualquier tipo de actividad laboral, en su mayoría como consecuencia de la pérdida de la capacidad motriz, o la ausencia de las facultades mentales.

    En estas circunstancias un individuo necesita la asistencia de un tercero para realizar las actividades esenciales de la vida, como lo son el desplazarse, alimentarse, asearse o vestirse, por lo tanto no pueden ocupar un cargo profesional.

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    Somos un gabinete especializado en la realización, gestión y tramitación de peritaciones judiciales y no judiciales, para lo que contamos con profesionales de primerísimo nivel.

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    Arquitectos, Ingenieros, Psicólogos, Informáticos, zicenciados en Medicina y Odontología, peritos de Incendios y Riesgos Diversos etc.

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    Contamos con mas de 25 años de experiencia defendiendo con éxito los intereses de todos nuestros clientes en el ámbito de las peritaciones judiciales.

    EXPERIENCIA 100%

    Un perito incapacidad permanente absoluta es el responsable de analizar cómo afectan las lesiones personales en determinadas situaciones y como esto puede suponer una pérdida de ingresos por no poder ejercer su actividad profesional.

    En el caso de que la persona no pueda trabajar, se determinaría como situación de invalidez. Existen seguros que abordan una cobertura y estabilidad financiera de forma que facilitan los ingresos que no se pueden generar al no desarrollar su actividad profesional.  Sin embargo, para disponer de esta estabilidad financiera es necesario un análisis por parte de un perito experto en seguros.

    Los peritos incapacidad permanente total tienen la suficiente experiencia para realizar un completo y exhaustivo análisis de la situación cuando se producen este tipo de años, y la correspondiente aplicación en la industria de todo tipo de seguros:

    • Seguros de responsabilidad civil
    • Seguros de vida
    • Seguros de salud
    • Seguros de accidentes
    • Seguros de construcción
    • Seguros de coche o vehículos comerciales.

    La intervención de la Seguridad Social en estos casos, permite ciertas ventajas económicas y laborales en los casos de las personas que tienen cierto grado de minusvalía reconocido o invalidez.

    Sea cual sea la situación para poder valorarla, será necesario un informe pericial que analice, con todo detalle, las dolencias existentes, el alcance de las mismas y las indemnizaciones previstas en cada caso.

    Diferencia entre incapacidad e invalidez

    La incapacidad se corresponde con la prestación contributiva que depende la cotización en la seguridad social.

    La invalidez será prestación que reciba el usuario una vez se reconozca el grado de minusvalía, únicamente dependiendo de este.

    Funciones de un perito incapacidad laboral o gran invalidez

    Será el responsable de analizar las lesiones, daños o secuelas que estén presentes en el paciente. Mediante este exhaustivo diagnóstico y con la documentación necesaria, se especificará si se trata de una situación simplemente temporal y pasajera, o se trata de un caso de condición de salud permanente.

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    Antes de determinar el grado de incapacidad permanente, se realizará previamente un completo y exhaustivo estudio empleando todas las técnicas e instrumentos que tenga disponibles a su alcance: historia clínica, diagnósticos, pruebas médicas, etc… Todo ello, se estudiará detalladamente y plasmará posteriormente en el dictamen pericial.

    Nuestros  peritos incapacidad permanente total de Perito Judicial Online tienen la formación y capacidad para elaborar un diagnóstico completo clínico y etiológico. Así como de la consecuente emisión del pronóstico, para detectar una acción terapéutica o identificar una posible responsabilidad profesional.

    Grados de incapacidad e invalidez

    En la incapacidad existen diferentes grados que pueden afectar a la salud, siendo algunos más agudos que otros. En correspondencia del grado de incapacidad se imposibilita o se limita la realización de una determinada actividad profesional.

    Para determinar el grado de incapacidad, un perito incapacidad laboral especializado en invalidez e incapacidad realizará un estudio del nivel en el que se ve afectada la capacidad de la víctima para la realización de su actividad laboral. En correspondencia a este grado, la Seguridad Social, concederá una prestación económica compensatoria y que variará según el grado de incapacidad reconocido.

    Existen diferentes Peritos, según el grado de incapacidad:

    • Perito incapacidad parcial para ejercer la profesión habitual: en este caso, el trabajador sufre un grado de incapacidad del 33% para la realización de su labor profesional. Esto le da derecho a recibir una compensación económica de hasta 24 mensualidades, según la base reguladora y se le reconoce la incapacidad de realizar determinadas tareas sujetas a la profesión habitual.
    • Perito incapacidad total para la profesión habitual: este estado inhabilita por completo al trabajador de su profesión habitual. Aunque sí que puede dedicarse a otra diferente. Además, le da derecho a recibir el 55% de la base reguladora y el 75% a partir de los 55 años.
    • Perito incapacidad absoluta para todo tipo de trabajo: ocurre cuando al afectado se le inhabilita por completo para toda profesión y oficio. De forma que recibirá el 100% de la base reguladora y queda exento de retenciones.
    • Perito Incapacidad de gran invalidez: situación en la que el trabajador está incapacitado para trabajar de forma permanente. Lo que le da derecho a recibir el 100% de la base reguladora, además de un complemento mínimo del 45% para la ayuda de terceras personas.
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    Informe pericial de incapacidad permanente

    Para determinar de manera exhaustiva el grado de invalidez, se realiza el informe pericial que será el documento que recoja toda la valoración, estudios y hechos que manifiesten el estado de incapacidad de la víctima. En este informe pericial quedará reflejado el estado de salud del afectado y el grado de incapacidad que le corresponde.

    Se debe tener en cuenta, que el papel que juega la Seguridad Social en estos casos es de especial importancia, puesto que su valoración también depende la cuantía que le corresponderá a la víctima.

     

    Además, la Seguridad Social en estos casos, siempre actuará de forma reticente y haciendo todo lo posible para impedir que concedan el grado de incapacidad permanente. Por lo que, lo mejor es contar con la ayuda de un abogado o perito para su defensa, y contrastación de las causas y hechos.

    En Perito Judicial Online le ofrecemos los peritos de invalidez e incapacidad que necesita para su defensa. Se encargarán de estudiar de forma exhaustiva su caso e informarán de si es viable la elaboración de un dictamen pericial destinado a la obtención de la incapacidad permanente.

    Gracias a nuestros peritos de invalidez e incapacidad tendrá la oportunidad de averiguar a través de un informe pericial si tiene realmente posibilidades de obtener el reconocimiento de incapacidad y cuánto es la cuantía que le corresponde de pensión.

    ¿Qué requisitos se deben cumplir para poder acceder a una Prestación?

    Para solicitar una prestación por cualquiera de los tipos de invalidez anteriormente descritos, en primera instancia es necesario determinar la discapacidad que posee el afectado, el cual será evidenciado mediante un informe pericial emitido por un experto en la materia.

    Posterior a este estudio el solicitante debe recabar una serie de requisitos, que podrán variar en relación al grado de invalidez que en el que se encuentre, siendo indispensable que haya recibido el alta médica emitida por la Seguridad Social, o que se encuentre en un estado de cese de toda actividad laboral.

    perito incapacidad permanente total

    Otro requisito fundamental es el haber cumplido con el periodo de cotización mínimo que estipula la ley, y que garantiza que un trabajador pueda acceder a una compensación monetaria por incapacidad permanente

    En el caso de la incapacidad permanente parcial o minusvalía, el periodo mínimo de cotizaciones que debe cumplir un trabajador irá en función de su edad y dependerá de si el mismo es mayor o menor de 31 años.

    Para establecer el periodo mínimo de cotizaciones necesarias en el caso de la incapacidad permanente absoluta o de la gran invalidez, no se suele tomar en cuanta si el trabajador sufrió alguna enfermedad profesional.

    Por otra parte, es imprescindible que el trabajador no haya cumplida la edad para la jubilación para optar por cualquiera de las prestaciones por incapacidad.

    ¿Quién puede solicitar la incapacidad permanente?

    La solicitud para la incapacidad permanente puede ser efectuada por toda persona que padece una enfermedad profesional por la que presente limitaciones en mayor o menor grado pero que le dificultan continuar desempeñando su actividad con normalidad.

    No hay que alarmarse con esto, ya que es algo común el solicitarla, sobre todo luego de un accidente laboral.

    Para demostrar que la situación laboral de una persona necesita un cambio por las afecciones de salud que padece, se requerirá informe pericial que servirá para verificar el grado de disminución de sus capacidades físicas o mentales, a su vez también establecerá el tipo de prestación que le corresponde al solicitante.

    Informe pericial de incapacidad laboral

    perito incapacidad permanente

    El Informe Pericial es un documento emite un especialista, en este caso en particular un perito incapacidad laboral, donde se especifican las patologías, lesiones y/o secuelas que afectan a un trabajador como consecuencia de accidente de tráfico, enfermedad profesional u otro tipo de contingencia.

    En dicho informe se detallan las limitaciones que presenta un individuo, y que lo imposibilitan para la realización de las tareas pertinentes a su puesto de trabajo.

    El especialista que se asigne para realizar el Informe Pericial, se encargará de hacer un estudio personalizado de las circunstancias de cada solicitante, así mismo se asegurara de haber brindado la atención pertinente para cada caso, por ello es fundamental que se ocupe un perito con vasta experiencia en el campo.

    ¿Cómo se calcula una pensión por Incapacidad Permanente?

    Para efectuar el cálculo correspondiente a la pensión por Incapacidad Permanente, se aplicará el porcentaje establecido en la a una base reguladora, que va con relación al salario que devengaba el solicitante, y que a su vez vaya acorde a las causas que determinan la incapacidad misma.

    En referencia a la cuantía no debe ser inferior al 55% a la base mínima de cotizaciones que establece la Seguridad Social, según el caso de que la Incapacidad Permanente sea por enfermedad común en mayores de 18 años.

    Perito Arquitecto
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